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Parcelas dotacionales en Galicia

La ejecución forzosa es un instrumento, previsto por la ley, que el acreedor puede utilizar para obtener el cumplimiento de una obligación, que no es ejecutada espontáneamente por el deudor.
En esencia, es posible quitarle por la fuerza ciertos bienes al deudor para destinarlos a la satisfacción de los derechos del acreedor. Se trata, por tanto, de una fase de protección jurisdiccional encaminada a lograr la recuperación de la deuda.
Son títulos ejecutivos:
1.
las sentencias, disposiciones y demás actos a los que la ley atribuye expresamente efecto ejecutivo
2.
Escrituras privadas legalizadas, en relación con las obligaciones de sumas de dinero contenidas en ellas, letras de cambio, así como otros instrumentos de crédito a los que la ley atribuye expresamente la misma eficacia.
3.
documentos recibidos de notario u otro funcionario público autorizado por la ley para recibirlos.
La ejecución forzosa puede manifestarse de dos formas:
ejecución forzosa en forma determinada, cuando tiende a asegurar que el acreedor obtenga el resultado específico al que tiene derecho. Se utiliza cuando la parte perdedora ha sido condenada a entregar un objeto determinado (bien mueble o inmueble) o a hacer una cosa determinada como derribar un muro, por ejemplo talar un árbol que está a punto de caer.
Un ejemplo común es el desalojo. El inquilino que ya no paga el alquiler y que no quiere abandonar el alojamiento puede ser obligado, incluso por la fuerza, a marcharse con la intervención del alguacil.

Ejecución forzosa en forma genérica, cuando el vencedor adelanta dinero del perdedor y éste no tenía intención de pagar. La ejecución forzosa, en este caso, se ejecuta con la expropiación de los bienes del deudor y pueden ser bienes muebles (coches, motos, muebles, joyas), inmuebles (edificios, terrenos), en poder de terceros (cuenta corriente, nómina, pensión).

Procedimiento de ejecución forzosa
La ejecución forzosa, como ya se mencionó, es un procedimiento, que se desarrolla ante una autoridad judicial, con el cual el acreedor, para recuperar las sumas reclamadas al deudor, ataca por la fuerza los bienes de propiedad de este último, con el fin de satisfacer su crédito. Haz clic aquí en
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